Reseña:
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Reseña: El proceso de reforma a los códigos de procedimiento civil no es nuevo en nuestra región. La mayoría de nuestros países fueron co-lonia española y recibimos el ordenamiento procesal civil de dicha tradición. Así, el Código de Procedimiento Civil uruguayo de 1877 estaba inspirado en la Ley de Enjuiciamiento Civil española de 1855 o el Código chileno de 1902, que también tiene sus bases en las Siete Partidas y la Novísima Recopilación. Esta regulación hoy anticuada, diseñada para una realidad social y económica muy diferente a la actual, ha sido y sigue siendo criticada por diversos frentes, surgiendo desde hace algunas décadas distintos esfuerzos para pro-poner nuevas alternativas.Autores: Mauricio Duce, Felipe Marín y Cristian Riego |