Reseña:
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El texto aquí desarrollado aborda la teoría de la función jurisdiccional y del interés de Alf Ross sosteniendo a la objetividad y subjetividad como parte integrante de la actividad del juzgador, la cual contrastamos con el sustento teórico del pensamiento francés del siglo XIX que defiende la estricta objetividad en la aplicación del derecho. |