La oralidad en la justicia civil como elemento del debido proceso: un enfoque de derechos humanos

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dc.contributor.author Carolina Villadiego
dc.coverage.spatial Colombia
dc.date.accessioned 2016-01-07T15:23:37Z
dc.date.available 2016-01-07T15:23:37Z
dc.identifier.uri http://desa1.cejamericas.org:8080/handle/2015/1166
dc.description.abstract El artículo propone como hipótesis que la oralidad es un elemento central del debido proceso en la justicia civil, que se deriva del “derecho a ser oído” contenido en el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Esta hipótesis se fundamenta en cuatro argumentos: a) la necesidad de garantizar el principio de inmediación en el proceso civil, b) el reconocimiento del derecho a la audiencia como parte del debido proceso en otros instrumentos internacionales de derechos humanos, c) algunos  pronunciamientos de organismos e instituciones del sistema internacional e interamericano derechos humanos, y d) las diferencias entre el texto en español e inglés del artículo 8.1 de la Convención Americana.
dc.language.iso Español
dc.title La oralidad en la justicia civil como elemento del debido proceso: un enfoque de derechos humanos


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