Reseña:
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Estas Reglas se conocerán y se citarán como Reglamento del Tribunal de Apelaciones y regirán los procedimientos ante dicho Tribunal. Estas Reglas se adoptan por el Tribunal Supremo conforme a la autoridad concedídale por el Art. V de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y lo dispuesto en la Ley de la Judicatura de 2003, Ley Núm. 201 de 22 de agosto de 2003, según enmendada. |