La oralidad en la justicia civil como elemento del debido proceso: un enfoque de derechos humanos

dc.contributor.authorCarolina Villadiego
dc.coverage.spatialColombia
dc.date.accessioned2016-01-07T15:23:37Z
dc.date.available2016-01-07T15:23:37Z
dc.description.abstractEl artículo propone como hipótesis que la oralidad es un elemento central del debido proceso en la justicia civil, que se deriva del “derecho a ser oído” contenido en el artículo 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Esta hipótesis se fundamenta en cuatro argumentos: a) la necesidad de garantizar el principio de inmediación en el proceso civil, b) el reconocimiento del derecho a la audiencia como parte del debido proceso en otros instrumentos internacionales de derechos humanos, c) algunos  pronunciamientos de organismos e instituciones del sistema internacional e interamericano derechos humanos, y d) las diferencias entre el texto en español e inglés del artículo 8.1 de la Convención Americana.
dc.identifier.urihttps://biblioteca.cejamericas.org/handle/2015/1166
dc.language.isoEspañol
dc.titleLa oralidad en la justicia civil como elemento del debido proceso: un enfoque de derechos humanos

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