El principio de “Realidad Económica” en el Derecho Tributario
| dc.ceja.source | Fuente: <a href="http://www.revistajuridicaonline.com">www.revistajuridicaonline.com</a> | |
| dc.coverage.spatial | Ecuador | |
| dc.date.accessioned | 2016-01-07T15:23:33Z | |
| dc.date.available | 2016-01-07T15:23:33Z | |
| dc.description.abstract | Desde las escuelas Alemanas se originó el denominado principio de realidad económica en el derecho tributario, como solución a las distorsiones creadas por la divergencia entre las formas jurídicas escogidas por los contribuyentes y la realidad tras bastidores. Existen algunas figuras a las que acuden los sujetos pasivos para llegar a determinados fines, constituyendo algunas de estas verdaderas desviaciones del propósito de las normas jurídicas, originando así las cláusulas antiabuso generales y especiales. En nuestro país existen tanto cláusulas generales antiabuso como especiales, siendo la seguridad jurídica un tema sensible en la aplicación de aquellas. | |
| dc.identifier.uri | https://biblioteca.cejamericas.org/handle/2015/1071 | |
| dc.language.iso | Español | |
| dc.title | El principio de “Realidad Económica” en el Derecho Tributario |
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