Reseña:
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De la mano de la jurisprudencia comparada, especialmente de la desarrollada en países industrializados, y con ocasión de la regla prevista en el artículo 232 del Anteproyecto de Nuevo Código Penal, el trabajo se hace cargo de la problemática de la llamada “causalidad general” y propone una respuesta para la misma en el contexto del derecho penal y procesal penal chileno. En lo fundamental se considera legítima la acreditación judicial de un nexo causal aun en un contexto de disenso científico, en la medida en que se adopte un riguroso método de fundamentación, cuyos componentes se desarrollan, que excluya “dudasrazonables” al respecto. |