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El nuevo sistema instaurado por el Código Procesal Penal de Nicaragua se caracteriza, por cuatro notas esenciales. Así, en primer lugar, estamos ante un sistema procesal penal plenamente adecuadoa las necesidades del Estado de Derecho. En segundo lugar, el CPP constituye una manifestación de la necesaria protección de los derechos humanos en el proceso penal, consagrando la oralidad, el derecho de defensa, la presunción de inocencia, la contradicción, etc. En tercer lugar, el nuevo modelo entendemos que va asuponer una considerable descarga de trabajo para la Administración de Justicia, además de potenciar elprincipio de oportunidad reglada y por tanto la terminación anticipada del proceso, y deconcebir al Ministerio Público como órgano encargado de la investigación oficial. En cuarto lugar, el nuevo modelo procesal penal del CPP que entrará envigor en diciembre de 2002, implica la escisión de tres funciones, como son lainvestigación, la acusación y la decisión o enjuiciamiento. |