Reseña:
|
Después de la independencia, paralelamente a la construcción del Estado y a causa delfenómeno receptivo, Haití adoptó el conjunto de los códigos napoleónicos. Estatransposición, filtrada a través del dogma imperante del monismo estatal, conllevabael monismo jurídico consustancial. La tradición jurídica fue absorbida por el derechooficial, en cuyos intersticios pudo alojarse de manera residual. La persistencia de lascostumbres jurídicas, impuesta como un verdadero orden en el Estado de Derechoobliga a repensar el sistema actual. Ahora bien: la codificación de las costumbresdepende de una visión monista, que consiste sobre todo en someterlas a la unidad dela ley. Para establecer las condiciones de la instauración de un orden integrador queconjugue el derecho oficial con las prácticas del derecho tradicional, hace falta unaaproximación que sólo es posible si interviene una variable de ruptura, un cambioparadigmático. Ello prueba que únicamente una perspectiva fundada en el pluralismojurídico es capaz de permitir la integración de los diversos espacios del derecho. |