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El problema que se desarrolla en esta investigación es si la reparación civil, como manifestación de la justicia retributiva, satisface mejor los intereses de la víctima, interrogante a la que damos una respuesta negativa, y proponemos la hipótesis de que la reparación integral, como manifestación de la justicia restauradora, es la que satisface en mayor medida los intereses de la víctima. En el primer apartado de la investigación desarrollaremos el tema de la reforma del proceso penal, sus causas y sus principales características, pero principalmente dónde se ubica dentro del desarrollo de la Justicia Restaurativa y su manifestación en la Justicia negociada o negociadora. Incidiremos en la idea del cambio de nuestro sistema que aún posee rasgos retribucionistas e inquisitivos, hacia la resolución del conflicto penal bajo los principios de la Justicia Restauradora. Nuestro segundo apartado se refiere al rol que desempeña la víctima en el actual proceso penal y la necesidad de aplicar el cambio de perspectiva, que desarrollamos en el apartado primero, al tratamiento de la víctima dentro del proceso penal. En un tercer momento nos adentraremos en los conceptos que supone la reparación integral, como medida exitosa frente a la insatisfacción de la víctima derivada de la reparación únicamente patrimonial. El cuarto y quinto apartado se centran en las experiencias en dos temas claves en el desarrollo de la justicia restauradora y de la reparación, la justicia penal juvenil y la justicia en caso de violaciones a los derechos humanos. Concluiremos que frente a seguir con una idea retributiva del proceso penal respecto a la víctima, mediante sólo la indemnización pecuniaria de carácter civil, es necesario evolucionar hacia un sistema basado en la justicia restauradora y en la justicia negociada, que procura una reparación integral a la víctima y que a su vez satisface a la comunidad al contener reparaciones de diversa índole, dándole al imputado la oportunidad de resarcir el daño cometido y darse cuenta de las consecuencias de sus actos, prometiendo no volver a cometerlo. |