La victima en el proceso penal nicaraguense

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dc.coverage.spatial Nicaragua
dc.date.accessioned 2016-01-07T15:27:40Z
dc.date.available 2016-01-07T15:27:40Z
dc.identifier.uri http://desa1.cejamericas.org:8080/handle/2015/2626
dc.description.abstract Los propósitos humanitarios que inspiraron la constitución de 1987 de Nicaragua incidieron en el agregado constitucional del artículo34, reformado por la ley número 192, publicada el 4 de julio de 1995, que literalmente dice: El ofendido será tenido como parte en los juicios desde el inicio de losmismos y en todas sus instancias. Es la primera vez en la historia del país que se hace referencia a la víctima dentro de las garantías del debido proceso.El artículo citado estaba dedicado originalmente a especificar, de manera exclusiva, lasgarantías mínimas de todo procesado; pero, evidentemente existía un vacío legal con relacióna los derechos de la víctima, a la que también se debe protección. El código procesal penal (CPP) se diseñó paradesarrollar los preceptos fundamentales.
dc.language.iso Español
dc.title La victima en el proceso penal nicaraguense
dc.ceja.source Fuente: <a href="http://www.uca.edu.ni/" target="_blank">Universidad Centroamericana</a>


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Format: PDF

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