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Una primera aproximación a la ley deja en evidencia que la misma pretende abarcar bastante más que el reconocimiento de una responsabilidad penal “especial” de los adolescentes, pues además se ocupó de regular el procedimiento aplicable para su juzgamiento y estableció un nuevo catalogo de sanciones no comprendidas orgánicamente en nuestro código punitivo. Sin embargo, es necesario señalar que si bien esta regulación refleja aspiraciones ambiciosas similares a una fusión sustantivomaterial de la ley penal aplicable a los adolescentes, ella corresponde más bien a un conjunto de adecuaciones de las normas procesales y penales vigentes, las que han sido morigeradas para efectos de ser aplicadas a sujetos cuya personalidad se encuentra en desarrollo. |