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Dentro de las múltiples novedades que introduce el nuevo Código Procesal Penal en nuestro país, una de las más relevantes tiene que ver con la alteración del principio de legalidad procesal como regla absoluta de funcionamiento del sistema de justicia criminal. De acuerdo a este principio, conocido también como de inexcusabilidad o irretractabilidad de la acción penal, los órganos de persecución penal deben, tan pronto tengan conocimiento de un hecho que revista caracteres de delito, promover y proseguir la persecución penal pública, sin que puedan suspenderla, interrumpirla o hacer cesar su curso. |