dc.coverage.spatial |
El Salvador |
dc.date.accessioned |
2016-01-07T15:28:29Z |
dc.date.available |
2016-01-07T15:28:29Z |
dc.identifier.uri |
http://desa1.cejamericas.org:8080/handle/2015/3212 |
dc.description.abstract |
La averiguación de la verdad material o verdad objetiva es uno de los principales fines del procesopenal, aunque su realización resulte en realidad imposible. Es por ello que se dice que la prueba enmateria penal es una reconstrucción histórica, para la cual no tiene relevancia la falta de controversia yaun frente a la conformidad de las partes el juez penal debe investigar siempre con la finalidad dellegar a conocer los hechos reales y verdaderos: en el proceso penal no rige la verdad formal - aquellaconstruida conforme a la voluntad de las partes - sino la verdad material. |
dc.language.iso |
Español |
dc.title |
Pruebas ilicitas en el nuevo código procesal penal |
dc.ceja.source |
Fuente: <a href="http://www.csj.gob.sv">Corte Suprema de Justicia de El Salvador</a> |