Reseña:
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En el presente trabajo, su autorprofundiza en la tesis tradicional, por él defendida,de que las personas jurídicas no son capaces deculpabilidad y, por tanto, no pueden sufrir una pena.Descartada esta alternativa, la necesidad social deprevenir y sancionar los hechos delictivos cometidos por y en el seno de personas jurídicas obliga a buscar una solución que según el autor ha de ser la que él denomina tercera vía: medidas de seguridad, con rasgos propios de las penas. |