dc.description.abstract |
Las medidas cautelares deben imponerse a partir de
un análisis concreto de la necesidad de
cautela del caso. La regla general es que mientras se está a la espera el juicio, la persona
debe estar en libertad y por ello la prisión preventiva es excepcional. La procedencia de
estas medidas requiere evaluar si existe una alta probabilidad de que la persona no
comparecerá en el juicio u obstruirá el procedimiento penal. Dicha evaluación debe ser lo
más objetiva posible, y por ello, es necesario diseñar e implementar mecanismos de
evaluación de la necesidad de cautela del proceso. Éstos contemplan la creación de un
instrumento objetivo de medición que evalúe el riesgo mencionado, a partir de factores,
variables e indicadores analizados a través de una metodología. Promueven la supervisión
de medidas cautelares no privativas de la libertad para garantizar la cautela del proceso, y al
mismo tiempo, permitir que la persona se encuentre ejerciendo su derecho a la libertad. |