Reseña:
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Fácilmente, se puede entender las denominadas garantías judiciales del artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José) como conjunto de derechos garantizando el acceso a la Justicia, o, tal vez más exacto, como derechos que posibilitan el flujo de información entre la sociedad, es decir su entorno, y el sistema parcial “Justicia”. |