Una primera mirada a la Ley Nº19.799 de Chile (Firma electrónica)

dc.coverage.spatialChile
dc.date.accessioned2016-01-07T15:29:39Z
dc.date.available2016-01-07T15:29:39Z
dc.description.abstractDesde la dictación de la primera ley de firma electrónica en 1995 –la Utah Digital Signature Act- ha transcurrido un periodo considerable de tiempo. Al menos si se toma como parámetro el tiempo que Internet ha estado entre nosotros. A esta ley la siguieron un conjunto de cuerpos normativos tanto en Estados Unidos como en Europa y Latinoamérica. En el caso estadounidense actualmente existen la Federal Electronic Signature Global and National Comerce Act (E-Sign) y la Uniform Electronic Transaction Act (UETA). En el caso europeo en tanto, existieron leyes a nivel estatal como la italiana y alemana de 1997 y la portuguesa de 1999. El 13 de Diciembre de 1999, se dictó la Directiva 1999/93 del Parlamento Europeo y del Consejo en la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica que deberían cumplir las futuras legislaciones a nivel estatal. El caso latinoamericano es también prolífico en regulaciones de firma electrónica. Así, por ejemplo, el caso de Perú, Argentina y Chile por mencionar solo algunos.
dc.identifier.urihttps://biblioteca.cejamericas.org/handle/2015/3689
dc.language.isoEspañol
dc.titleUna primera mirada a la Ley Nº19.799 de Chile (Firma electrónica)

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